evidoria

← Back to browse

Good practice

El reglamento de la Ley de IA de Perú declara la educación sector de alto riesgo y exige supervisión humana

Peru · Lima · See the Peru profile

El reglamento de la Ley de IA de Perú (2025) declara la educación sector de 'alto riesgo', exigiendo transparencia algorítmica, supervisión humana y protección de datos desde el diseño para sistemas escolares antes de sept. 2026 — aunque persisten reglas ambiguas y auditorías voluntarias.

El reglamento de la Ley de IA de Perú declara la educación sector de alto riesgo y exige supervisión humana

Details

Promoter
Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) / Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD), with MINEDU
Period
2023 (Law N.º 31814 enacted) – regulation approved September 2025 – education-sector compliance deadline September 2026 – ongoing
Keywords
AI regulation, algorithmic transparency, human oversight, data protection by design, education-sector risk classification

Description

La Ley N.º 31814 de Perú (2023), que promueve el uso de la inteligencia artificial en favor del desarrollo económico y social del país, cuenta desde el 9 de septiembre de 2025 con su reglamento de aplicación, el Decreto Supremo N.º 115-2025-PCM, aprobado por la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD) de la Presidencia del Consejo de Ministros. El reglamento clasifica explícitamente los "sistemas de evaluación educativa" como IA de alto riesgo, junto con salud, justicia, seguridad y finanzas. Los sistemas de alto riesgo que afectan derechos fundamentales deben ofrecer información previa y clara a los usuarios, explicaciones comprensibles de los resultados automatizados, auditorías de seguridad y protección de datos desde el diseño (minimización, anonimización). La SGTD debe coordinar con el Ministerio de Educación (MINEDU) para promover un uso de la IA responsable, ético, transparente e inclusivo en el desarrollo de competencias estudiantiles dentro del Currículo Nacional de Educación Básica.

La supervisión humana obligatoria exige personal capacitado capaz de "detener, corregir o invalidar" decisiones automatizadas antes de que afecten a los estudiantes. Las quejas pueden presentarse ante INDECOPI (protección al consumidor), la División de Investigación de Delitos de Alta Tecnología y la autoridad nacional de protección de datos (ANPDP), respaldadas por un portal público de reclamos (gob.pe/iaperu). Según la organización de derechos digitales Hiperderecho, la educación es uno de los sectores con el primer plazo de cumplimiento obligatorio — septiembre de 2026, un año después de la aprobación del reglamento — con obligaciones del sector público desde enero de 2026 y cumplimiento del sector privado escalonado hasta en cuatro años.

Organismos independientes han señalado limitaciones concretas. Access Now calificó las definiciones de riesgo del reglamento como "demasiado ambiguas" (las prohibiciones de IA manipuladora solo se activan ante un cambio conductual "sustancial") y observó que las evaluaciones de impacto sobre derechos fundamentales son obligatorias solo para entidades públicas, y voluntarias para las empresas privadas que desarrollan la mayoría de las herramientas educativas. Hiperderecho constató además que el Comité de Alto Nivel de supervisión, de 15 integrantes, cuenta con un único representante de la sociedad civil y, según su análisis, permanecía "evidentemente inactivo". Dado que el plazo de cumplimiento para el sector educativo (septiembre de 2026) aún no se había cumplido al momento de esta investigación, todavía no hay resultados de implementación disponibles para las escuelas: se trata de un mandato legal vinculante con dientes reales sobre el papel, pero aún no puesto a prueba en la práctica.

Implementation

Implementation detail (cost, timeline, staffing, conditions for success) is not yet available for this practice.

Data sources

Where this practice's information was retrieved from, and when.

Attachments

Similar practices you may find useful