Ohio se convierte en el primer estado de EE. UU. en exigir políticas de IA en todos los distritos escolares K-12 (HB 96)
Estados Unidos
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El reglamento de la Ley de IA de Perú (2025) declara la educación sector de 'alto riesgo', exigiendo transparencia algorítmica, supervisión humana y protección de datos desde el diseño para sistemas escolares antes de sept. 2026 — aunque persisten reglas ambiguas y auditorías voluntarias.
La Ley N.º 31814 (2023) del Perú promueve el uso de la inteligencia artificial para el desarrollo económico y social del país. Su reglamento, el Decreto Supremo N.º 115-2025-PCM, fue aprobado el 9 de septiembre de 2025 por la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD), bajo la Presidencia del Consejo de Ministros, y clasifica explícitamente los 'sistemas de evaluación educativa' como IA de alto riesgo, junto con salud, justicia, seguridad y finanzas.
El reglamento busca proteger los derechos fundamentales frente a los daños derivados de la IA en sectores de alto riesgo, exigiendo información previa clara a los usuarios, explicaciones comprensibles de los resultados automatizados, auditorías de seguridad y protección de datos desde el diseño (minimización, anonimización) para sistemas como la evaluación escolar automatizada.
Los sistemas de alto riesgo deben contar con personal capacitado, capaz de detener, corregir o invalidar decisiones automatizadas antes de que afecten a los estudiantes, y la SGTD debe coordinarse con el Ministerio de Educación para promover un uso responsable de la IA en el marco del Currículo Nacional de Educación Básica. Las quejas pueden presentarse ante INDECOPI, la División de Investigación de Delitos de Alta Tecnología, la autoridad nacional de protección de datos (ANPDP) y un portal público de reclamos.
Las obligaciones del sector público comienzan en enero de 2026, con el sector educativo enfrentando un plazo de cumplimiento en septiembre de 2026 —un año después de la aprobación del reglamento— y el cumplimiento del sector privado escalonado hasta cuatro años. Dado que el plazo de septiembre de 2026 aún no había vencido en el momento de esta investigación, todavía no se documentan resultados de implementación en las escuelas.
Revisores independientes han señalado debilidades: Access Now califica las definiciones de riesgo del reglamento como 'demasiado ambiguas' y señala que las evaluaciones de impacto en derechos fundamentales son obligatorias solo para entidades gubernamentales (opcionales para las empresas privadas que construyen la mayoría de las herramientas EdTech), mientras que Hiperderecho encuentra que el comité de supervisión de 15 miembros tiene solo un puesto para la sociedad civil y ha permanecido en gran medida inactivo; se trata, por tanto, de un mandato legal vinculante con requisitos reales sobre el papel, pero aún no probado y con una supervisión imperfecta en la práctica.
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