Los Escaños Parlamentarios Reservados para Mujeres en Benín (Reforma del Código Electoral de 2019)
Benín
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Desde una reforma constitucional y electoral de 2000, Guyana exige que al menos un tercio de los candidatos en cada lista partidaria sean mujeres. Un cuarto de siglo después, las mujeres ocupan alrededor del 35-37% de los escaños en la Asamblea Nacional, una de las proporciones más altas y duraderas de las Américas.
La cuota de género para candidaturas en Guyana se originó en una reforma constitucional y electoral de 2000 (Artículo 160(3) de la Constitución y modificaciones a la Ley de Representación del Pueblo), que exige que al menos un tercio de los candidatos en la lista nacional de cada partido, y al menos un tercio en el conjunto de sus listas de circunscripciones, sean mujeres. La cuota se aplicó por primera vez en las elecciones generales de 2001 y se reforzó en 2022 al limitar al 20% la proporción de circunscripciones que un partido puede disputar con una lista exclusivamente masculina.
La reforma buscaba asegurar un piso duradero para la representación de las mujeres en la Asamblea Nacional, más allá de un único ciclo electoral, para mantener el equilibrio de género en elecciones sucesivas.
La proporción de mujeres en la Asamblea Nacional aumentó del 18,46% en 2001 a aproximadamente 30-36% durante las décadas de 2010 y 2020, alcanzando 24 de los 65 escaños de elección directa (37%) tras las elecciones de 2025. ONU Mujeres identifica a Guyana como uno de los únicos dos países del Caribe en superar el umbral del 30% de mujeres en el parlamento, y la cuota se ha mantenido durante un cuarto de siglo y múltiples ciclos electorales.
La cuota establece únicamente un piso de un tercio en la composición de las listas, sin una regla de alternancia que obligue a colocar a las mujeres en posiciones con posibilidades reales de ser elegidas; aun así, los resultados han cumplido o superado consistentemente ese tercio durante dos décadas, lo que sugiere un cumplimiento sostenido del espíritu de la ley, aunque el diseño deja margen para retrocesos que un mandato de colocación más estricto impediría.
Los detalles de implementación (coste, plazo, personal, condiciones para el éxito) aún no están disponibles para esta práctica.
De dónde se obtuvo la información de esta práctica, y cuándo.
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