Ley de Paridad de 2018 y su cuota del 36% incumplida — Guinea-Bisáu
Guinea-Bisáu
La Ley de Paridad de 2018 de Guinea-Bisáu exige una cuota mínima del 36% de mujeres en las listas de …
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El Código Electoral de Panamá exige un 50% de mujeres en las listas de candidatos de los partidos, pero la 'cláusula de escape' del artículo 373 permite a los partidos completar sus listas con hombres cuando no encuentran suficientes candidatas. En las elecciones de 2024 ningún partido cumplió plenamente; las mujeres obtuvieron solo 15 de los 71 escaños de la Asamblea Nacional (21%).
El Código Electoral de Panamá exige que los partidos políticos postulen a hombres y mujeres en igual número (50/50) en las listas de candidatos a cargos electivos. En la práctica, sin embargo, el artículo 373 del Código —comúnmente llamado la "cláusula de escape"— permite que un partido que no encuentre suficientes candidatas complete su lista con hombres, sin penalización alguna.
En las elecciones generales de mayo de 2024, ningún partido político panameño cumplió plenamente con el requisito de paridad 50/50, según la Misión de Observación Electoral de la OEA. Las mujeres obtuvieron 15 de los 71 escaños de la Asamblea Nacional (aproximadamente 21%) —un escaño menos que en el período anterior y una de las proporciones más bajas de mujeres de cualquier legislatura nacional latinoamericana ese año, según los datos electorales de IPU Parline.
El informe de la misión de la OEA de 2024 recomendó que Panamá eliminara la cláusula de escape y adoptara una regla de "mandato de posición" (listas cremallera) que exigiera la alternancia entre hombres y mujeres a lo largo de la lista, en lugar de limitarse a contar nombres, argumentando que esto daría fuerza real al requisito de paridad.
El Comité CEDAW ya había señalado en 2022 su preocupación por la durabilidad de los avances en igualdad de género y la brecha salarial de género en Panamá, y la evaluación de 2024 de Freedom House también señala brechas persistentes entre las garantías legales de igualdad y los resultados políticos. La experiencia de Panamá es una ilustración cautelar de que un mandato de paridad sobre el papel no garantiza, por sí solo, la paridad en la práctica si un vacío legal permite a los partidos eludirlo.
Los detalles de implementación (coste, plazo, personal, condiciones para el éxito) aún no están disponibles para esta práctica.
De dónde se obtuvo la información de esta práctica, y cuándo.
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